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Hola, ¿qué tal? Os damos la bienvenida a Autoría: el podcast de propiedad intelectual para dummies, en el que respondemos a todas vuestras dudas sobre este apasionante mundo de los derechos de autoría, en particular, y la propiedad intelectual, en general.
Podéis dejar vuestras preguntas en legardon.net/contacto y quienes estamos al otro lado, Ainara LeGardon, música y especialista en propiedad intelectual, y quien os habla, Alberto Cortés, responsable del podcast ERA Magazine, trataremos de dar respuesta.
En el programa anterior abrimos el melón del tema de “YouTube Content ID” y, claro, es un melón tan grande que se nos quedaron muchas cosas en el tintero, así que hoy vamos a continuar con esa cuestión y la vamos a abrir un poco a un asunto que tú, Ainara, ya comentabas en la presentación del programa anterior. Pero antes, queremos compartir un comentario de un oyente, Sergio Sánchez, al hilo del programa número 30, en el que iniciamos esta serie sobre las implicaciones legales de realizar transformaciones y subirlas a plataformas. Sergio nos dice lo siguiente:
“Hola Ainara. Buen gusto tiene Marcos. Hace unos días, casualidades de la vida, publiqué una versión (tres en realidad, obra derivada) de “Moscú está helado” de Esplendor Geométrico. Con título diferente (“Madrid está helado”) y apenas estructura idéntica a la original salvo algún arpegio y palabras sueltas de la letra original. Es por tanto una versión (bastante modificada). Antes, obviamente, pregunté al autor y dio el visto bueno. Además, se cita en todo momento la autoría y título. Y es de descarga gratuita. Felicidades por tu trabajo en la difusión y ayuda al respecto de derechos de autor. Saludos”.
Estos planteamientos nos llevan a responder a las siguientes preguntas:
- ¿Qué ocurre desde el punto de vista de las personas que crean y suben contenido, y que a veces se encuentran en situaciones un tanto absurdas? Precisamente hace algunas semanas pudimos leer un artículo en El Confidencial bastante curioso, en el que participas explicando algunas cosas, cuéntanos…
- Entonces, se tiene que actuar según el contrato que se ha firmado, ¿no?
- ¿Y puede pasar que algunas empresas intermediarias estén poniendo reclamaciones a las propias personas autoras que suben su contenido?
- En ese artículo de El Confidencial hablabas de una Directiva europea que regulará la responsabilidad de las plataformas, ¿no?
La recomendación de esta semana es MusicADN, una newsletter de Alberto Arenal (Rule Eleven) dedicada a la tecnología aplicada a la industria de la música, aunque también se tratan otros interesantes temas relacionados con la música.
Y no olvidéis que podéis mandar vuestras preguntas sobre propiedad intelectual a legardon.net/contacto. Desde este espacio sonoro intentaremos dar respuestas. Hasta dentro de siete días. Adiós.
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Este podcast nace con la intención de hacer entendible el entramado de los derechos de propiedad intelectual y facilitar su comprensión a las personas creadoras. Si algo de lo que contamos te ha servido de ayuda y te apetece contribuir a que sigamos realizando nuestra labor compartiendo el contenido de forma gratuita, puedes donar algo aquí (cualquier cantidad será bienvenida e invertida en mantener este podcast):