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Hola, ¿qué tal? Os damos la bienvenida a Autoría: el podcast de propiedad intelectual para dummies, en el que respondemos a todas vuestras dudas sobre este apasionante mundo de los derechos de autoría, en particular, y la propiedad intelectual, en general.
Podéis dejar vuestras preguntas en legardon.net/contacto y quienes estamos al otro lado, Ainara LeGardon, música y especialista en propiedad intelectual, y quien os habla, Alberto Cortés, responsable del podcast ERA Magazine, trataremos de dar respuesta.
Hoy estamos ante el programa 50 y nos ha parecido poético en cierta manera el dedicar este capítulo a otras formas de entender, de abordar y de enfrentarse y confrontarse con la propiedad intelectual. Siempre nos vamos dejando temas en el tintero, muchas veces os decimos “de esto ya hablaremos en otros programas”… y este tema que nos va a ocupar hoy, y probablemente la próxima semana, lleva ya tiempo rondando en un borrador de guion, desde que hicimos el programa especial SONM.
Un programa en el que tratamos asuntos como el concepto de originalidad, la copia, la línea (bastante difusa) que separa homenaje y plagio… y al hilo de una de las preguntas de Alberto, sobre la facilidad con la que en la música se puede caer en crear melodías que realmente ya existen, y por tanto incurrir en posibles plagios, Ainara nos comentó que había una charla TED muy interesante sobre ello, y que la apuntábamos para un próximo capítulo. Y estos temas nos llevan a plantearnos las siguientes cuestiones:
- Empezamos por dar dos definiciones del concepto de originalidad.
- La línea que diferencia obra es original o una copia de otra ya existente es muy difusa…
- Este punto de vista puede resultar nuevo o diferente para los grupos de pop y rock, y es muy curioso e interesante que alguien como Ainara, que es una firme defensora de la propiedad intelectual, nos esté contando que, dependiendo del punto de vista y en determinadas situaciones, la idea de autoría cambia…
- Qué significa el término anticopyright.
- Y en el caso de que se quisiera editar un disco, un libro, o cualquier otra obra bajo esta filosofía, ¿hay que hacer mención al anticopyright y dejarlo expresado de alguna manera concreta?, ¿o, si no se pone nada, es que esa obra queda libre de derechos y se puede hacer con ella lo que se quiera?
- Entonces el anticopyright no es lo mismo que el copyleft, y es también muy distinto a las licencias Creative Commons, no?
- ¿Y al subir contenido a las plataformas de internet, estas suelen dar la opción de acreditar de algún modo que ese contenido está bajo anticopyright? Porque sí dan opción a elegir licencias Creative Commons, ¿no?
La recomendación de esta semana es el libro “Ruido y capitalismo” (Audiolab), escrito por varios/as autores/as, que está en descarga libre y cuya versión en papel se encuentra ya agotada.
También os dejamos los enlaces de los que se habla en el programa:
- Capítulo “Autor, autora”, del podcast Trincheras de la cultura pop, producido por la editorial consonni y conducido por Elisa McCausland y Diego Salgado.
- Susana López, la responsable de la Fonoteca de Música Experimental y Arte Sonoro SONM, tiene en su web una serie de podcasts bajo el título “La política del ruido”.
- Catálogo del sello Crystal Mine.
Hasta aquí el programa de hoy, gracias a nuestra audiencia por escucharnos y por apoyarnos a través de legardon.net/donacion. Y no olvidéis que podéis mandar vuestras preguntas sobre propiedad intelectual a legardon.net/contacto. Desde este espacio sonoro intentaremos dar respuestas. Hasta dentro de siete días. Adiós.
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Este podcast nace con la intención de hacer entendible el entramado de los derechos de propiedad intelectual y facilitar su comprensión a las personas creadoras. Si algo de lo que contamos te ha servido de ayuda y te apetece contribuir a que sigamos realizando nuestra labor compartiendo el contenido de forma gratuita, puedes donar algo aquí (cualquier cantidad será bienvenida e invertida en mantener este podcast):