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Hola, ¿qué tal? Os damos la bienvenida a Autoría: el podcast de propiedad intelectual para dummies, en el que respondemos a todas vuestras dudas sobre este apasionante mundo de los derechos de autoría, en particular, y la propiedad intelectual, en general.
Podéis dejar vuestras preguntas en legardon.net/contacto y quienes estamos al otro lado, Ainara LeGardon, música y especialista en propiedad intelectual, y quien os habla, Alberto Cortés, responsable del podcast ERA Magazine, trataremos de dar respuesta.
Hoy, justamente la pregunta del oyente al que vamos a contestar sigue la estela de la música en audiovisuales, en este caso para hablar de las sincronizaciones. Y esto nos da pie para profundizar un poquito más en lo que hablamos en el podcast anterior, contestando a alguna de las preguntas que a Alberto, ya fuera de la grabación, le surgieron:
- ¿Actores y actrices también tienen esos derechos remuneratorios de los que nos habló Ainara el otro día?
- ¿Qué otros tipos de titulares, además de los autores/as audiovisuales, de los que ya nos hablaste el otro día, tienen esos derechos remuneratorios tan interesantes?
- ¿Los autores/as de obras preexistentes que se sincronizan en una obra audiovisual también cobran estos derechos remuneratorios?
Una vez aclaradas estas dudas, nos vamos ya a la pregunta de hoy. Nos la envía Enric y dice lo siguiente:
“Buenos días Ainara,
Recordarás que hemos hablado en alguna ocasión, te conté que quiero dedicarme a la venta de sincronizaciones para TV o cine. Me gustaría hacerte una pequeña consulta: de cara a la venta online de sincronizaciones, ¿qué plataforma te parece más fiable u operativa: Tonopro o Jamendo? (He estado investigándolas a ambas, pero no me acabo de decidir…)
También he mirado CDBaby, creo que esta está al nivel de Jamendo más o menos… Pero de estas plataformas extranjeras me preocupa que si uno tiene algún problema no le atienda nadie o puedan pasar semanas antes que le atiendan.
En fin, esa es mi consulta. Muchas gracias por tu atención. Un abrazo, Enric”.
Una interesante pregunta que nos lleva a hablar de estas plataformas y a que Ainara nos explique cuál es su función y nos aclare más dudas:
- ¿Estas plataformas son intermediarias entre los titulares de estas músicas y quien necesite una canción en su producción audiovisual? ¿Son una especie de catálogos donde se pueden comprar licencias y pagar por música que pueda ser sincronizada?
- ¿Qué nos aporta cada una de estas tres plataformas? ¿Son las tres recomendables?
- ¿Enric podría, como compositor y artista musical, proporcionar temas musicales a esta web para estar en su catálogo, y a la vez ser socio de una entidad de gestión colectiva como SGAE?
La recomendación de este programa es el artículo dentro de la web de CDBaby donde se detalla cuáles son los formularios de impuestos que tenemos que rellenar, dependiendo de nuestro caso. Si alguien lo entiende a la primera, por favor, le invitamos a pasarse por el programa para que nos lo explique.
Hasta aquí el podcast de hoy, gracias a nuestra audiencia por escucharnos y por apoyarnos a través de legardon.net/donacion. Y no olvidéis que podéis mandar vuestras preguntas sobre propiedad intelectual a legardon.net/contacto. Desde este espacio sonoro intentaremos dar respuestas. Hasta el próximo. Adiós.
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Este podcast nace con la intención de hacer entendible el entramado de los derechos de propiedad intelectual y facilitar su comprensión a las personas creadoras. Si algo de lo que contamos te ha servido de ayuda y te apetece contribuir a que sigamos realizando nuestra labor compartiendo el contenido de forma gratuita, puedes donar algo aquí (cualquier cantidad será bienvenida e invertida en mantener este podcast):